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Soluciones Diveo

empresa / no a la pornografía infantil 21/11/2008

no a la pornografía infantil

El Congreso de la República expidió la Ley 679 del 3 de Agosto de 2001 para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad.

Esta ley se expidió en desarrollo del artículo 44 de la Constitución Política y su objetivo primordial es dictar medidas preventivas y sancionatorias con el propósito de proteger a nuestros menores de edad de la explotación y el abuso sexual y propender por un desarrollo integral y sano de los mismos.

Las empresas vinculadas a la Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones CCIT y al NAP Colombia nos unimos a la campaña organizada por el Gobierno Nacional contra la pornografía infantil.

La siguiente información es para formular cualquier denuncia contra contenidos de pornografía con menores de edad y páginas electrónicas en las que se ofrezcan servicios sexuales con menores de edad: Si quiere conocer el texto completo de la Ley 679 de 2001 haga click aquí. Adicionalmente, el Gobierno Nacional, expidió el Decreto 1524 de 2002 y el Decreto 067 de 2003, que reglamentan dicha ley.

La siguiente información es para formular cualquier denuncia contra contenidos de pornografía con menores de edad y páginas electrónicas en las que se ofrezcan servicios sexuales con menores de edad:

Ministerio de Comunicaciones:
Teléfono: 01800 09 12667
Página Web Dignidad Infantil del Ministerio de Comunicaciones:
http://www.dignidadinfantil.gov.co/denuncia.htm

Fiscalía General de la Nación
Teléfono: 01800 09 12280
Pagina Web:http://www.fiscalia.gov.co
e-mail: contacto@fiscalia.gov.co

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar:
Teléfonos: 01-8000-91-8080 o 6605520 -6605530 - 6605540 (Bogotá D.C.)
en un horario de 7am a 9pm de lunes a domingo
Página Web: http://www.bienestarfamiliar.gov.co


Políticas de Seguridad en la Red Interna IP de Diveo de Colombia Ltda

1. Resumen Ejecutivo

Diveo de Colombia con el objetivo de brindar a sus clientes un servicio de clase mundial tiene implementados en su Red Interna IP los niveles de seguridad que la industria exige para este tipo de redes. Los frentes de seguridad que se manejan son: seguridad mediante aseguramiento de equipos de red y servidores, seguridad mediante Firewalls, seguridad mediante detección de intrusos.

2. Seguridad mediante Aseguramiento de Red y de Servidores.

Los equipos Cisco de enrutamiento y conmutación de paquetes que conforman el Backbone IP, son configurados de una manera que se evitan accesos no autorizados a los mismos, evitando también la ocurrencia de eventos de denegación del servicio, y siguiendo las prácticas estándar de la industria Los servidores son asegurados durante el proceso de instalación, evitando al máximo la posibilidad de un acceso no autorizado o la ocurrencia de un evento indeseable como por ejemplo generación de Spam en la modalidad de Relay de correo o Proxy (Ver documento en Microsoft)

3. Seguridad mediante Firewalls

Diveo de Colombia posee Firewalls de protección contra acceso no autorizado a los siguientes recursos: a. LAN Corporativa. b. Internet Data Center. c. Servidores DNS primario y secundario, servidor de correo y de autenticación. Los estándares de configuración están dados por los fabricantes.
4. Seguridad mediante Detección de Intrusos.

Adicionalmente a la realización de un aseguramiento orientado al dispositivo y al perímetro como los anteriores, Diveo de Colombia cuenta con una poderosa herramienta llamada Real Secure Network Sensor de ISS, que permite detectar los posibles ataques en curso en un momento dado y tomar una acción contribuyendo de una manera pro activa a reforzar la seguridad total.

5. Control de Contenidos Web de Clientes de Internet Data Center de Hosting Dedicado y Compartido

Diveo de Colombia en su servicio de Hosting dedicado y compartido conoce en todo momento los aplicativos que los Clientes de este tipo de servicios tienen instalados en sus máquinas, en virtud del control ejercido en el proceso de instalación y administración de la máquina misma.

6. Control de Navegación al Listado de Sitios Publicados por el ICBF.

Tan pronto y cada vez que sea publicado el listado de sitios prohibidos, Diveo de Colombia estará en condiciones de aplicarlo en un tiempo no mayor a un día hábil y además estará en la posibilidad de indicar como motivo del bloqueo de estos sitios la Ley 679 de 2001 y sus Decretos reglamentarios.


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